miércoles, 26 de mayo de 2021

El Presidente HungerFF llama a Referendum para volver a votar la relación con J



La ley establece que una propuesta legislativa sólo puede ser sometida a votación en la Asamblea General de los Pueblos una vez en cada legislatura. El pasado 28 de abril fue votada una propuesta para establecer relaciones internacionales con J que fue rechazada por 42 noes (anarquistas, comunistas y nacionales) frente a 32 síes (conservadores) y 26 abstenciones. Liberales y espartanos votaron divididos.

Desde entonces, tales relaciones internacionales se han intensificado y las posiciones de los partidos han variado de tal manera que si la votación se repitiese el resultado sería a favor del acuerdo internacional. Pero la votación no puede repetirse sin disolver la asamblea. Por ello, los favorables al acuerdo han intentado todos los medios que establece la Constitución.

Primero se ha instado al Consejo, que tiene potestad para disolver la AGP si votan a favor dos tercios de sus miembros, esto es, 12 de los 18. Pero la votación se ha saldado con 8 votos a favor y 9 en contra más 1 abstención. Después se ha instado a votación en la Asamblea, que tiene potestad para disolverse a sí misma si tiene el voto favorable de 66 diputados. Ha alcanzado 64.

La tercera opción era que la disuelva el Presidente de la República, única persona que tiene en su poder hacerlo de manera directa. Se ha instado a la votación del Presidente HungerFF que, tras mucha dilación, ha optado por negarse. El presidente ha dicho: "creo firmemente en el amor que respalda esta relación. Nos encontramos ante la oportunidad de darle a la República el acuerdo que se merece; un acuerdo basado en la confianza y la libertad, que nos permitirá ser nosotros mismos y desarrollarnos en todos los sentidos. Un acuerdo que será bueno para nosotros y para J, y que está claro que detrás de este acuerdo está el amor". 

Pero después ha añadido que "sólo el pueblo monogo tiene el derecho a decidir sobre un asunto tan delicado y es a él a quien debemos encargar tal elección". Y para ello ha optado por citar el artículo 3.3.2 de la Constitución, que otorga al pueblo de la República aprobar una ley a través del referéndum vinculante. El artículo 3.3.3 otorga al Presidente de la República la capacidad de convocar referendum y así lo ha hecho.

De esta manera, HungerFF da la posibilidad de aprobar el Acuerdo Internacional de Unión con J sin comprometer su figura al no posicionarse claramente al respecto (pese a que ha dicho estar claramente a favor) ni ser acusado de "atentar contra la integridad de la Asamblea", como decían algunos personajes contrarios al acuerdo.

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